¿Qué hacer en un accidente con una mujer embarazada?

Que hacer en un accidente de trafico con una mujer embarazada
Que hacer en un accidente de trafico con una mujer embarazada

El propietario de un coche sabe cuáles son los riesgos que corre al conducir sobre una calle o autovía. Y es que un hecho cierto es que, en cualquier momento, pudiera terminar involucrado en un incidente de tráfico, ya sea como víctima o como culpable del siniestro. Lo que muchas veces no se considera es sufrir un accidente con una mujer embarazada.

Y es que nadie está exento de esta dramática realidad, ni siquiera las mujeres embarazadas. De hecho, para éstas, en consideración de su estado, un accidente al circular en una vía, puede resultar extremadamente peligroso, tanto para su propia vida como para la de su hijo.

En este sentido, en el caso de ser víctima de un accidente de tráfico, una mujer embarazada goza del derecho a reclamar una indemnización por las lesiones sufridas como consecuencia del hecho.

La reclamación se sujetará al grado de gravedad del accidente y, por supuesto, en correspondencia a la condición de salud en que se encuentre la mujer.

Las posibilidades de que sucedan siniestros como los antes señalados, no son exageraciones ni casos aislados. De manera contraria a lo que se pudiese pensar, es muy recurrente que las mujeres en estado de gestación, conduzcan vehículos a motor.

Las razones que llevan a las embarazadas a ir tras el volante, radican en la necesidad de cumplir con sus ocupaciones laborales y profesionales, fundamentalmente, y como es lógico, necesitan de un medio que les permita desplazarse. Aunque la conducción de su vehículo no debería implicar ningún riesgo para su estado, esto no es así.

Muchas mujeres, a pesar de tener un embarazo en estado avanzado y por tanto, estar impedidas para conducir un vehículo, continúan haciéndolo, sometiéndose a un peligro constante en las vías.

¿Cómo actuar cuando se presenta un accidente con una mujer embarazada?

Es importante tomar en consideración que, a lo largo del embarazo, frecuentemente las mujeres atraviesan alteraciones como agotamiento, somnolencia, además del aumento del tamaño del vientre. Estas condiciones acrecientan las posibilidades de que puedan ser víctimas de un incidente de tráfico al momento de conducir un coche.

Por lo anterior, siempre hay que estar preparados si se llega a presentar un accidente con una mujer embarazada.

En este sentido es importante que, ante un siniestro de tráfico, hay que activar el Protocolo PAS (Proteger, Avisar, Socorrer), priorizando inicialmente poner a salvo a la mujer embarazada. Este protocolo será de gran utilidad hasta que se apersonen al lugar del hecho los servicios de emergencia especializados, encargados de brindar atención médica.

Hasta ese momento, y mientras espera, el involucrado en el accidente de tráfico ha de procurar, en primera instancia, que la embarazada se mantenga en una posición lateral con el fin de que su sangre fluya de forma adecuada.

En un siniestro, la salud de una mujer embarazada involucrada debe tratarse con prioridad y esmero; intentando mantenerla segura y de conseguirle los cuidados médicos necesarios. Es de recordar que sólo desde la integridad de la vida de la madre, será posible salvar la del bebé que tiene en su vientre.

¿Qué medidas de seguridad debe seguir una mujer embarazada al volante?

 

Que medidas de seguridad debe seguir una mujer embarazada al volante

Las mujeres embarazadas deben mantener ciertas medidas de seguridad, muy especialmente si están conduciendo un vehículo, y más aún, si su embarazo se encuentra en una etapa avanzada.

Las acciones contempladas, hay que decir, toman en consideración, los cambios corporales que sufren las embarazadas, en la intención de que la conducción del coche se adapte a los mismos, y de esta forma, evitar males innecesarios. Estas medidas de seguridad son:

  • Se debe situar el respaldo del asiento de tal forma, que éste siempre se encuentre en posición recta. De esta manera, la mujer podrá mantenerse en una posición erguida durante todo el viaje.
  • Toda embarazada que conduce un coche, tiene que mantener una distancia de por lo menos 25 cm del volante. Así, evitará tener lesiones o al menos impedirá que éstas sean graves, en caso de sufrir un accidente de tráfico.
  • Las mujeres embarazadas especialmente mientras manejan un vehículo, deben utilizar ropa apropiada para su condición; que les permita estar y sentirse cómodas. En los casos en los que deben conducir por grandes lapsos de tiempo, esta medida resulta particularmente importante.
  • Nunca, el airbag del vehículo conducido por una mujer embarazada debe desconectarse. Este dispositivo será fundamental para su la protección de su vida y la de su bebé; en el caso de suceder un siniestro de circulación.
  • Cuando una mujer embarazada es copiloto, y viaja en el asiento delantero, es importante que mantenga una distancia de unos 25 cm, respecto al salpicadero del coche.
  • Toda embarazada debe hacer uso del cinturón de seguridad de manera correcta, ya que ante el escenario de que se produzca un accidente de tráfico, se reducirá la cantidad e intensidad de las posibles lesiones.

En el caso de no contar con el cinturón de seguridad, un golpe contra el volante, dada la fuerza del impacto producido por el choque, causaría, con mucha seguridad, un daño en la placenta, perjudicando de manera fatal el embarazo.

¿Cómo deben usar las embarazadas el cinturón de seguridad?

Si bien antes del 2006, el uso del cinturón no era obligatorio para las embarazadas, esto cambió ese mismo año, cuando en el Reglamento General de Circulación se estableció que las mujeres en estado de gestación, debían usar dicho dispositivo obligatoriamente. Por esto, es imperante conocer la manera correcta de su uso:

La banda inferior del cinturón, antes que nada, debe colocarse por debajo del abdomen de la mujer. Al hacer esto, se debe tener mucho cuidado de que la posición de la banda se circunscriba a la zona ósea de la cadera de la mujer.

Por otra parte, la banda diagonal del cinturón debe ubicarse sobre el hombro de la embaraza, con el cuidado de que no toque su cuello. Asimismo, se debe precisar que la banda se ubique entre ambos pechos, pero sin apoyarse en los mismos y que, además, rodee el abdomen.

Es imprescindible tener cuidado de que el cinturón de seguridad no quede suelto o poco ajustado pues, de ser así, el dispositivo no estaría cumpliendo la función para la que ha sido diseñado.

¿Qué deben evitar las embarazadas al usar un cinturón de seguridad?

En la intención de evitar que, a futuro, las mujeres embarazadas cometan los mismos errores al momento de usar el cinturón de seguridad, se señalan a continuación algunas de las formas incorrectas en que éstas pueden hacerlo:

Existen embarazadas que únicamente usan la banda diagonal del cinturón de seguridad, lo que, tras un accidente de tráfico, conlleva a que se dé, el llamado efecto submarino.

Se denomina así ya que el cuerpo de la mujer, a razón de la fuerza del impacto de la colisión, se desliza por debajo de la banda, para terminar, encajándose en el salpicadero, y en ocasiones, en el asiento delantero.

Por otra parte, si bien es un hecho poco conocido, es importante saber que la colocación de la banda del cinturón sobre el abdomen representa un gran riesgo para el bebé. En caso de producirse un siniestro, la presión creada, va a recaer sobre esa área del cuerpo, conllevando, posiblemente, a la fractura del útero.

Es vital ajustar de modo correcto el cinturón de seguridad, ya que lo contrario, no sólo constituye una falta considerable, sino que representa un riesgo potencial enorme que puede traer daños en un accidente de tráfico.

Así, la colocación de la banda diagonal de forma incorrecta sobre el pecho de la mujer embarazada, puede llegar a significar que ésta sufra daños considerables en dicha área.

Cuando la banda diagonal se ubica por debajo del brazo, la presión que ejerce el cinturón recae sobre las costillas, lo cual puede traducirse en daños en el bazo o en el hígado, lesiones de cuidado que exigen pronta atención médica.

¿Cuáles son las lesiones que puede sufrir en un accidente de tráfico una mujer embarazada?

 

Cuales son las lesiones que puede sufrir en un accidente de trafico una mujer embarazada

Así como cualquier ocupante de un coche siniestrado, son muchas las variables que pueden afectar a una mujer embarazada involucrada en un accidente de tráfico, y por ende la gravedad y tipo de lesiones que pueda sufrir.

A fin de estar conscientes de las más lesiones más complejas que pueda sufrir una mujer en estado de gestación en un siniestro de circulación se listan a continuación:

  • Parto prematuro.
  • Desprendimiento prematuro de la placenta.
  • Pérdida del feto.
  • Sufrimiento del feto.
  • Bebé con pérdida de peso anormal al nacer.

¿En qué supuestos la mujer embarazada será indemnizada tras el accidente?

Una mujer embarazada recibirá una indemnización por accidente de tráfico, cuando su vínculo con el hecho se corresponda con alguna de las siguientes posibilidades:

• Era la conductora del vehículo no responsable del siniestro.

• Estaba en alguno de los coches involucrados como pasajera.

• Es una víctima de atropello por vehículo al momento de cruzar la calle.

¿Una mujer debe ser indemnizada si sufre un aborto a consecuencia de un accidente de tráfico?

Una mujer embarazada tiene derecho a ser indemnizada si sufre un aborto como consecuencia de un accidente de tráfico, pues se trata de una de las más lamentables afecciones que puede llegar a sufrir. La compensación correspondiente debe ser cancelada por la compañía aseguradora del responsable de tan lamentable hecho.

Una situación que sucede de manera frecuente es que muchas mujeres, luego de haber sido víctima de un incidente de tráfico, se enteran de que estuvieron embarazadas. Lastimosamente, sufren abortos, tanto a causa de los medicamentos indicados para tratar sus lesiones, como por motivo de los exámenes médicos o tratamientos que les realizaron.

A este respecto, la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, bajo su artículo 111, sentencia que la indemnización por pérdida de feto a consecuencia de un accidente de tráfico, estará determinada de acuerdo siguientes términos:

“1. La pérdida de feto a consecuencia del accidente constituye un perjuicio que se resarce con una cantidad fija. Dicha cantidad es superior si la pérdida de feto tiene lugar una vez transcurridas doce semanas de gestación.

2. La indemnización corresponde a la mujer embarazada que sufre la pérdida del feto, añadiéndose a la que, en su caso, perciba por las lesiones padecidas”.

En este orden de ideas, la indemnización por recibir, será una cantidad fija, establecida en función de lo definido en el baremo. De tal manera que:

• Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación: 15.662,25 euros.

• Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación: 31.324,51 euros.

Al monto de esta indemnización, debe agregársele la cantidad que la mujer debe recibir por los daños, leves o de gravedad, de los que haya sido objeto en su cuerpo, como consecuencia del accidente de tráfico.

Sobre lo ya señalado, es importante tener en cuenta que el feto es considerado como tal, a partir del momento en que su gestación tiene más de 6 semanas. Esta determinación obedece a que, en esta etapa del embarazo, ya se le han desarrollado órganos, y además, ha adquirido apariencia humana.

Estas consideraciones en cuanto a la naturaleza del feto, como se puede comprender con facilidad, son fundamentales al momento de definir y otorgar una indemnización por accidente de tráfico a una mujer que perdió a su bebé como consecuencia de éste.

¿Cómo reclamar una indemnización en caso de accidente con una mujer embarazada?

Ante un siniestro de circulación en el que una mujer embarazada ha resultado involucrada, se requiere como acción prioritaria, la contratación de los servicios de un abogado especialista en accidentes de tráfico.

Este requisito es fundamental pues será este profesional del derecho, quien realice una reclamación de indemnización efectiva contra la compañía de seguros de la persona que ocasionó el siniestro.

Un abogado experto en el área, conoce la relevancia que reviste disponer de los insumos probatorios que son requeridos para poder proceder a realizar el reclamo de una indemnización por accidente.

A este respecto, un informe médico es el más importante de los documentos a consignar a favor de la víctima en la reclamación, pues permite comprobar que ha existido una relación de causalidad entre los daños sufridos por la mujer en estado de gestación, y el accidente de tráfico.

En cuanto a este tipo de reclamación, no son pocos casos en los que las empresas de seguros insisten en negarse a pagar una indemnización, sí un embarazada sufrió un aborto tras estar involucrada en un incidente de este tipo. Esta posición negativa suele sostenerse, de acuerdo a las aseguradoras, en la inexistencia de una relación de causalidad entre el siniestro y el aborto.

Para esto, disponer de los informes de los médicos que reflejen la atención prestada a la mujer, ayudará a resolver esta controversia a favor de la víctima. Pues, un informe suscrito por un especialista de la salud, comprobará la conexión directa de ambos hechos.

De acuerdo a la complejidad del caso, podría ser necesario además un informe pericial médico que dé cuenta en detalle y de manera sistemática, de la afectación de la víctima. Este tendrá especial pertinencia si la reclamación de indemnización deba ser resuelta a través del sistema judicial.

¿Por qué es recomendable acudir a un abogado en caso de accidente de tráfico con una mujer embarazada?

Un abogado especialista cuenta con la experiencia requerida para hacer frente a las empresas aseguradoras, en aquellos casos en que éstas se niegan a cancelar una indemnización a una persona, en este caso una embarazada, que ha sufrido lesiones durante un siniestro de tráfico.

Cuando ocurre un accidente en que una mujer embarazada resulta comprometida, existe la posibilidad de que ésta sufra un daño irreparable, como podría ser la pérdida de su bebé. A pesar de esta fatalidad, muchas aseguradoras rechazan compensar a la víctima, alegando que falta de relación entre el accidente y el aborto.

Para esto, un profesional del derecho especializado en el área, podrá demostrar la relación de causalidad que efectivamente ha existido entre el siniestro y el aborto, a partir del uso de lo establecido en los correspondientes informes médicos.

Desde estos argumentos, el abogado hará negociaciones con la empresa de seguros en cuanto a la indemnización que le corresponde a la embarazada. Más allá de esto, de no concretarse un acuerdo, dará paso, desde los recaudos probatorios disponibles, a plantear una demanda a través de la vía judicial.

Preguntas frecuentes

Hemos abordado hasta acá, los aspectos más relevantes, concernientes a los accidentes de tránsito con una mujer embarazada. No obstante, se sugiere poner en atención a algunas preguntas frecuentes y sus respectivas respuestas, relacionadas con el tema, y que presentamos a continuación.

En todo caso, si necesita de asistencia jurídica especializada, no tenga dudas en contactar a nuestro equipo de abogados especialistas en accidentes de tráfico, quienes con la mejor disposición le atenderán, a través de los números de contacto que aparecen en la web.

¿El cónyuge será indemnizado si su esposa embarazada fallece con pérdida de feto a consecuencia del accidente de tráfico?

En efecto. En base a lo establecido en el artículo 76 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, se tiene que:

“El fallecimiento de víctima embarazada con pérdida de feto a consecuencia del accidente constituye un perjuicio particular que se resarce mediante una cantidad fija que percibe el cónyuge. Dicha cantidad es superior si la pérdida de feto tiene lugar una vez transcurridas doce semanas de gestación”.

Como queda claramente establecido en este artículo, la ley indica de manera precisa el beneficiario que recibirá la compensación, a razón de la muerte de una mujer embarazada con pérdida de feto. Será el cónyuge, la única persona con derecho a recibirla, de acuerdo a los términos ya referidos.

¿De cuánto será la indemnización en caso de fallecimiento de la víctima con pérdida de feto?

El monto que el cónyuge recibirá por concepto de indemnización por accidente de tráfico estará determinado en base al baremo vigente, en el cual se establece que:

• Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación: 15.662,25 euros.

• Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación: 31.324,51 euros.

Las resoluciones anteriores dan cuenta de que el monto por indemnización estará supeditado a lo estipulado en las tablas de indemnización del baremo, y siempre dependerá de la etapa de gestación en que se encontraba el feto, al momento del fallecimiento de la madre como consecuencia del siniestro.

¿Por qué las embarazadas tienen prioridad en los asientos de transportes públicos?

No solo el sentido común y la solidaridad entre seres humanos indica esta acción, sino que, para su protección y resguardo, debido a su condición, las embarazadas cuentan con el derecho de manera prioritaria de usar los asientos en los transportes públicos.

Esta medida busca evitar que, en caso de algún incidente, una mujer en estado de gestación llegue a sufrir caídas peligrosas sobre su vientre, ocasionando daños de gravedad al feto.

¿Una mujer embarazada debe ser indemnizada si sufre un aborto estando en un transporte público chocado?

De acuerdo al Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, así como en base a las normas complementarias del baremo del seguro de viajeros, anexo, la respuesta es afirmativa.

Si una mujer embarazada resulta lesionada en un transporte público involucrado en un siniestro, debe recibir una indemnización en atención al Seguro Obligatorio de Viajeros (S.O.V). Cabe destacar que dicho seguro es contratado al tiempo en que se compra el billete de transporte.

En base a las normas complementarias, una mujer embarazada, víctima de un aborto en un transporte público por motivo de un accidente, debe ser indemnizada de la forma siguiente:

“2.ª Cuando a consecuencia del accidente sobrevenga parto prematuro con muerte del feto, se otorgará una indemnización igual a la señalada en la decimotercera categoría. La misma indemnización se concederá en caso de nacimiento prematuro, a fin de atender los gastos que ocasione el nacido.

Si sobreviene el aborto, la indemnización será igual a la mitad de la señalada en el párrafo anterior.

Si del parto o aborto, consecuencia del accidente, resultara muerta la madre, se considerará, en todo caso, que el fallecimiento es consecuencia de tal accidente, pero no se causará la indemnización a que se refieren los dos párrafos anteriores”.